Demanda colectiva contra Booking.com por cláusulas ilegales de paridad de precio

Reembolso de las comisiones pagadas en exceso sin coste, ni riesgo y sin esfuerzos

Participación abierta a hoteles con sede en España, Alemania, Suecia, Países Bajos, Irlanda, otros Estados miembros de la UE y Suiza.

Una demanda colectiva de unilegion, empresa conocida por

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Reembolso

En caso de éxito, es posible obtener un reembolso significativo de las comisiones pagadas a Booking.com entre los años 2015 a 2021.

Socio fuerte

unilegion tiene una amplia experiencia en acciones colectivas, p.ej., en los casos del cártel de los camiones, de los pesticidas y del cartón ondulado.

Sin riesgo alguno

Nuestra acción colectiva está financiada al 100%. Los hoteles participantes no asumen ningún tipo de riesgo en términos de coste.

Sin esfuerzos

Todo el proceso es gestionado por unilegion y el bufete de abogados encargado. Los participantes no tienen que realizar esfuerzo alguno.

Cláusulas de paridad de precio de Booking.com

Las cláusulas restrictivas de paridad de precio utilizadas por Booking.com durante muchos años prohibían a los hoteles ofrecer habitaciones en sus propios sitios web a precios inferiores a los de Booking.com. Esto eliminaba la competencia entre los precios de los sitios web de los hoteles y Booking.com.

Como consecuencia, muchas reservas se hacían a través de Booking.com, incluso por clientes que habían comparado precios en la propia web del hotel.

Los hoteles pagaban entonces una comisión a Booking.com por estas reservas.

En los últimos años, las autoridades de defensa de la competencia y los tribunales europeos han considerado en repetidas ocasiones que las cláusulas de paridad de precio constituyen una infracción del Derecho de la competencia, tanto nacional como europeo, e incluso han sido prohibidas por ley en varios Estados miembros:

Más recientemente, en julio de 2024, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC ) impuso una multa de más de 400 millones de euros a Booking.com por varias obligaciones contractuales, incluido el uso de cláusulas de paridad de precio.

Ya en 2015, la Oficina Federal de la Competencia alemana prohibió a Booking.com utilizar las cláusulas restrictivas de paridad de precio por ser contrarias a la legislación alemana y europea de competencia. Booking.com recurrió esta decisión, pero el Tribunal Supremo Alemán la confirmó en 2021.

Las cláusulas de paridad de precio también fueron prohibidas en otros países, por ejemplo por la legislación de Francia e Italia, también en 2015.

El 1 de julio de 2024, Booking.com anunció finalmente que dejaría de utilizar cláusulas de paridad de precio en toda Europa.

Al hacerlo, Booking.com se adelantó solo unos meses a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de septiembre de 2024. En respuesta a una cuestión prejudicial de un tribunal holandés, el TJUE confirmó que las cláusulas de paridad de precio constituyen una clara restricción de la competencia, y no "acuerdos accesorios necesarios", excluidos del ámbito de aplicación de la prohibición de los acuerdos anticompetitivos.

Nuestra demanda colectiva

Reclamaciones de reembolso de acuerdo al Derecho de la competencia

En todos los Estados miembros de la UE se reconoce que las víctimas de prácticas anticompetitivas tienen derecho a una indemnización por el daño causado por estas prácticas. Así, desde la adopción en 2014 de la Directiva europea de daños por infracciones del Derecho de la competencia , se han dictado cientos de sentencias que reconocen el derecho de los perjudicados a una indemnización.

Sin embargo, habida cuenta de los altísimos costes que conllevan las demandas de indemnización por daños y perjuicios por infracciones del Derecho de la competencia, en particular por la necesaria intervención de bufetes de abogados y economistas especializados en estas materias, puede resultar excesivamente oneroso interponer tales demandas de forma individual.

En tales casos, unilegion ofrece participar en acciones colectivas totalmente financiadas que se tramitarán en función del éxito (cuota litis). De este modo, las partes perjudicadas de pequeño y mediano tamaño también tienen la posibilidad (sin asumir riesgo alguno) de recibir un reembolso.

Comisiones pagadas en exceso

En el presente caso, cabe suponer que los hoteles sufrieron daños por tener que pagar comisiones excesivas a Booking.com durante muchos años. Por una parte, podrían haber ofrecido precios más favorables en su propio sitio web si Booking no hubiese impuesto una cláusula de paridad - pudiendo así atraer a clientes que realicen reservas directas en la web del hotel, lo que habría significado que el hotel no habría incurrido en comisiones a Booking por estas reservas. Por otra parte, también sería de esperar que Booking.com hubiera reaccionado ante esta legítima competencia, reduciendo sus comisiones generales a los hoteles. Los hoteles pueden reclamar estas comisiones pagadas de más participando en nuestra demanda colectiva.

Condiciones

En nuestra demanda colectiva, las reclamaciones de un gran número de hoteles serán agrupadas y se presentarán ante los tribunales de forma colectiva.

unilegion asume todos los costes procesales y de la gestión del procedimiento. Por lo tanto, los hoteles participantes no incurren en gasto alguno.

La participación está exenta de riesgos, ya que los hoteles no asumen coste alguno. unilegion trabaja totalmente en función del éxito de la reclamación, es decir, que solo recibimos una comisión sobre la indemnización que deberá pagar Booking si el procedimiento concluye exitosamente para las víctimas.

unilegion es un coordinador independiente de demandas colectivas con sede en Múnich. Tenemos una amplia experiencia en la organización de demandas colectivas por infracciones del Derecho de la competencia en varios Estados miembros de la UE:

Más de 4.000 empresas de ocho Estados miembros de la UE participan en nuestras demandas colectivas en los casos contra el cártel europeo de camiones (sede Ámsterdam), el cártel alemán de pesticidas (sede Dortmund) y el cártel italiano del cartón ondulado (sede Milán). En total, estos proyectos agrupan las demandas de nuestros participantes por un total aproximado de 500 millones de euros.

Siempre colaboramos con los bufetes de abogados y economistas especializados en Derecho de la competencia más reputados en las respectivas jurisdicciones. Además, mantenemos un estrecho contacto con las asociaciones empresariales e industriales europeas y nacionales de los sectores afectados, con el fin de facilitar la conformación de alianzas lo más amplias posible.

unilegion trabaja exclusivamente en función del éxito obtenido, es decir, solo retiene un porcentaje de las indemnizaciones en caso de que el proceso finalice con éxito para las víctimas. Por lo tanto, la participación en nuestras demandas colectivas no conlleva ningún riesgo para los participantes.

Encontrará más información en nuestro sitio web.

Resumen de prensa

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En el litigio entre la plataforma holandesa de reservas Booking.com y numerosos proveedores de alojamiento, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de Luxemburgo ha reforzado la posición de los hoteleros. [...]
Las cláusulas de paridad de precio no son [...] necesarias “para garantizar la viabilidad económica de la plataforma de reservas hoteleras”, sentenció el TJUE.
— Spiegel Online, 19.09.2024
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido dos multas por valor de 413,24 millones de euros [...] a Booking.com por “abusar de su posición de dominio durante los últimos cinco años. [...]”
Entre las prácticas irregulares observadas se encuentra la imposición de una cláusula de precios que impide a los hoteles vender habitaciones en sus propias webs por debajo del precio ofertado en Booking.com, [...] una práctica contraria a la libertad de fijación de precios.
— elEconomista.es, 30.07.2024
La Oficina Federal de la Competencia de Alemania ya había prohibido a Booking.com, a finales de 2015, utilizar esta cláusula restrictiva en el mercado alemán. [...] Esta decisión ha sido confirmada por el Tribunal Supremo alemán (BGH). [...] El BGH, también señaló el hecho de que la cláusula impide significativamente la distribución online independiente de hoteles. “Se trata de una restricción de la competencia”, dijo el presidente del BGH [...]. Al mismo tiempo, los jueces están convencidos de que la cláusula no es accesoria ni indispensable para el funcionamiento de Booking.com, ya que ha ampliado su posición como líder del mercado [...] a pesar de la prohibición de la citada cláusula de paridad de precio.
— Zeit Online, 19.05.2021

Inscripción no vinculante para nuestra demanda colectiva

Si deseas obtener más información sobre nuestra demanda colectiva contra Booking.com, utiliza el siguiente formulario. Nuestro personal se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso.